JP TUITS

¿SABÍAS CUÁL ES EL VALOR FISCAL EN LA TRANSMISIÓN DE PARTICIPACIONES DE SOCIEDADES QUE NO COTIZAN?

La Dirección General de Tributos (DGT), en su Consulta Vinculante nº V1680-24, de 10 de julio de 2024, ha analizado un supuesto de hecho en el que una persona física transmite unas participaciones sociales por un precio pactado inferior al contable. Se plantea cuál es la forma de cálculo de la ganancia patrimonial en sede del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del transmitente.

Pues bien, la DGT incide en que, tal como dispone el Art. 37 de la Ley del IRPF, a efectos fiscales el valor de transmisión de las participaciones sociales de una entidad no cotizada en un mercado secundario, salvo prueba de que el importe efectivamente satisfecho se corresponde con el que habrían convenido partes independientes en condiciones normales de mercado, será el mayor de: el valor contable resultante del balance correspondiente al último ejercicio cerrado con anterioridad a la fecha de devengo del  IRPF, que es el 31 de diciembre, o el de capitalización al tipo del 20 por ciento del promedio de los tres ejercicios sociales cerrados con anterioridad a dicha fecha.

Por tanto, salvo que se dispongan de medios que acrediten que el precio pactado habría sido el convenido entre partes independientes, el transmitente de las participaciones sociales deberá calcular su ganancia o pérdida patrimonial tomando en consideración como valor de transmisión el mayor de los dos valores anteriormente mencionados (teórico-contable o el resultado de capitalizar el 20 por ciento del promedio de beneficios de los tres últimos ejercicios).

En conclusión, mediante esta Consulta Vinculante la DGT reitera el criterio establecido en pronunciamientos anteriores, así como por el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), por lo que emplazamos encarecidamente a revisar el valor fiscal otorgado en aquellas operaciones que supongan la transmisión por parte de una persona física de acciones y participaciones sociales en entidades no cotizadas.