JP TUITS
¿SABÍAN QUE LOS DIVIDENDOS REPARTIDOS A CUENTA DEL RESULTADO DEL EJERCICIO NO SE DEBEN TENER EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LA RESERVA DE CAPITALIZACIÓN?
Este es el caso de un contribuyente del Impuesto sobre Sociedades que se plantea como debe calcular la reserva de capitalización cuando se ha acordado el reparto de un dividendo a cuenta de los resultados del propio ejercicio.
El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su Resolución de 24 de mayo de 2022, concluyó que, para determinar el incremento de los fondos propios a efectos de la reserva de capitalización, no deben tenerse en cuenta como fondos propios al inicio y al cierre del periodo impositivo los importes distribuidos en concepto de dividendo activo a cuenta. Según este Tribunal, la norma no pretende incentivar el mantenimiento del incremento del patrimonio del propio ejercicio, sino el del ejercicio anterior, razón por la cual el dividendo a cuenta del resultado del ejercicio (que no es sino un reparto anticipado de este) no se debe computar a efectos de determinar la variación de los fondos propios.
En este sentido ya se habían pronunciado la Dirección General de los Tributos en su consulta V1952-21.