JP TUITS

¿SON DEDUCIBLES LAS CUOTAS DE IVA SOPORTADAS POR SUMINISTROS DE ENERGÍA Y AGUA A UN BIEN INMUEBLE QUE SE UTILIZA TANTO PARA ACTIVIDADES ECONÓMICAS COMO PARA USO PRIVADO?

 

Una entidad vio cuestionada por parte de la Inspección la deducción de las cuotas de IVA soportadas por suministros de energía y agua por los siguientes motivos:

 

  • el inmueble, además de ser la sede social de la compañía, era utilizado como vivienda habitual por la socia y su marido sin que existiera un contrato de arrendamiento ni satisfacción de cantidad alguna a la entidad por su uso; y,
  • los suministros del inmueble eran servicios utilizados simultáneamente para cubrir las necesidades privadas del socio y, en menor medida, en la actividad económica de la entidad.

 

El TEAR de Madrid concluyó que sí era posible deducir las cuotas soportadas por estos suministros, ya que, en una inspección anterior por el Impuesto sobre Sociedades, se había reconocido por parte de la Administración una afectación del 20% del inmueble a la actividad económica y, además, no existía previsión normativa en el IVA que prohibiera la deducción de cuotas repercutidas derivadas de elementos parcialmente afectos a la actividad.

La resolución se impugnó ante el Tribunal Central quién unificó el criterio afirmando que sí era posible la deducción de las cuotas soportadas por suministros a inmuebles que, formando parte del patrimonio de la empresa, se utilizan tanto para actividades empresariales como para uso privado. El TEAC concluyó que dicha deducción debe efectuarse de forma proporcional a la utilización del inmueble para la actividad de la empresa. El criterio establecido por el Tribunal Central es consecuencia de la normativa europea del impuesto que:

  • establece que los sujetos pasivos tienen derecho a deducir las cuotas soportadas en la medida en que los bienes y servicios se utilicen en las necesidades de sus operaciones gravadas; y
  • contempla expresamente la posibilidad de deducir las cuotas soportadas del impuesto relacionadas con un bien inmueble que forme parte del patrimonio empresarial y que esté afecto de forma parcial a la actividad económica.