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Si un contribuyente recibe prestaciones de diversos planes de pensiones ¿Puede beneficiarse de la reducción en más de un ejercicio fiscal?

El TEAC, en su Resolución para la unificación de criterio de 24/10/2022, ha analizado si un contribuyente, titular de varios planes de pensiones con aportaciones anteriores a 2007, puede o no beneficiarse de la reducción del 40% conforme el régimen transitorio que recoge la Ley del IRPF. En concreto el caso analizado era el de un contribuyente que percibió prestaciones en forma de capital de varios planes de pensiones y optó por aplicar la reducción del 40% sobre lo percibido en cada plan, lo cual implicaba que aplicó dicha reducción en dos o más ejercicios.

La Administración tributaria denegó el derecho a aplicar la reducción del 40% en más de un ejercicio al considerar que como las prestaciones se recibían de forma fraccionada el tratamiento que se le debía dar era el de prestaciones percibidas en forma de renta, a las que no les es aplicable la reducción del 40%. Lo cierto era que el contribuyente al participar en varios planes de pensiones terminaba recibiendo sus derechos consolidados de esos planes como pagos únicos (en forma de capital) pero en dos o más años.

El TEAC en la Resolución reseñada ha fijado como criterio que cuando se reciban prestaciones de diversos planes de pensiones, la reducción del 40% podrá aplicarse a todas las cantidades percibidas en forma de capital -pago único- tanto en el ejercicio en el que acaezca la contingencia correspondiente como en los dos ejercicios siguientes y no solamente en un ejercicio.